1E-factura

Firma Electrónica

E-Firma | Firma Electrónica

La Firma Electrónica

Sólo es Firma Electrónica Reconocida equiparable a la firma manuscrita aquella que está generada por un Dispositivo Seguro de Creación de Firma y ha sido generada mediante un Certificado Electrónico Reconocido Art. 3.3 y 3.4 de la ley 59/2003 de 19 de diciembre de 2003, de firma electrónica, que rige en España la validez de la firma electrónica y los requisitos que deben cumplir los prestadores de servicios de certificación.

El objetivo básico de la firma electrónica es aportar al mundo de los documentos electrónicos la misma funcionalidad que aporta la firma manuscrita a un documento impreso, es decir, identificar al autor del mismo y, en el caso de documentos compartidos entre diferentes entidades o personas, fijar el contenido del documento mediante el cruce de copias firmadas por todas las partes implicadas.

La firma electrónica también permite cerrar la formalización de contratos en los que intervienen diferentes partes a distancia, suprimiendo las dificultades ocasionadas por la localización física e incluyendo en este campo las compras por Internet.

Las aplicaciones de la firma electrónica son muy numerosas. Además de las descritas, podríamos hablar entre otras de voto electrónico, visado digital, notariado electrónico, procesos de identificación o compra segura en Internet, realización de trámites administrativos, presentación de impuestos, recursos, etc. etc.

 

 



1E-FACTURA es un servicio de Jiménez Puertas Consultores | › Privacidad | › Legislación Aplicable